La Agencia de Recaudación y Control Aduanero implementó nuevas reglas para el IVA en transacciones electrónicas. Desde el 1 de diciembre rigen montos actualizados, cambios en la habitualidad y un nuevo sistema de notificaciones para usuarios y plataformas.

Por Analía Montenegro | josenizzo.info
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó el régimen especial de ingreso del IVA para operaciones digitales mediante la Resolución General 5794/2025. La actualización, que ajusta puntos centrales de la RG 5319, redefine quiénes quedan alcanzados y cómo deben actuar plataformas e intermediarios que facilitan ventas o servicios en entornos electrónicos.
El régimen comprende todas las operaciones realizadas en plataformas que intermedien, ofrezcan o gestionen bienes y servicios. ARCA remarcó que el objetivo es modernizar el esquema ante el crecimiento del comercio online y reducir niveles de informalidad. Los aspectos técnicos, procedimientos y parámetros de control fueron detallados en un anexo publicado en el Boletín Oficial.
Uno de los cambios más relevantes es la actualización de los criterios de habitualidad y montos mínimos para aplicar percepciones de IVA. La nueva normativa fija tres parámetros: habitualidad mensual de 10 operaciones o más con un total superior a $750.000; habitualidad cuatrimestral de al menos 4 operaciones mensuales durante el período con un acumulado mayor a $750.000; y en el caso de bienes usados personales, no se considera habitual si el monto es inferior a $1.500.000 y existe declaración previa.
Estos cambios impactan especialmente en quienes venden o prestan servicios sin estar inscriptos en IVA o Monotributo, así como en sujetos exentos o no alcanzados. Una vez cumplidos los parámetros, los contribuyentes pasan a ser considerados “sujetos no categorizados” desde el mes siguiente, permaneciendo en ese estado hasta que se inscriban formalmente o dejen de cumplir los requisitos. Las plataformas deberán solicitar identificación tributaria (CUIT, CUIL o CDI) y discriminar las percepciones en las facturas.
Otro punto clave es la modificación en el sistema de avisos: las notificaciones dejan de enviarse al Domicilio Fiscal Electrónico y pasan a visualizarse exclusivamente en el servicio con Clave Fiscal “Nuestra Parte”, que centraliza la información tributaria del contribuyente.
El nuevo régimen rige desde el 1 de diciembre de 2025 y alcanza a todas las operaciones realizadas desde esa fecha. Según especialistas citados por Noticias Argentinas, la actualización incorporará a miles de operadores que antes quedaban afuera por montos no actualizados. Durante el primer cuatrimestre, ARCA realizará un seguimiento detallado para analizar el impacto de las nuevas reglas y evaluar posibles correcciones.
Para el Gobierno, la medida busca actualizar un régimen atrasado y brindar mayor claridad en un ecosistema digital que crece de forma acelerada. El organismo anticipó que profundizará la modernización de herramientas de control tributario vinculadas al comercio electrónico.
La actualización del régimen representa un intento por ordenar un sector en expansión constante. Con nuevas reglas y mayor control, ARCA busca reducir la informalidad y adaptar la tributación al ritmo del comercio digital.
Analía Montenegro
josenizzo.info
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